“La naturaleza privada de Chancay no afecta soberanía nacional”

Cosco Shipping, la empresa estatal china, que controla el Puerto de Chancay, emitió un comunicado por la sentencia del Poder Judicial que falló a su favor en la acción de amparo que interpuso en contra del Ositran y de la Presidencia del Consejo de Ministros; y de la que además se ha pronunciado el Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos, calificando que el “dinero chino barato cuesta la soberanía”.

La empresa en su mensaje resaltó que la naturaleza privada del Puerto de Chancay “no significa afectación alguna de la soberanía nacional”, argumentando que el terminal portuario carece de alguna “extraterritorialidad política, administrativa, tributaria y regulatoria”.

En el comunicado, la compañía portuaria detalló que el fallo judicial “reconoce la normatividad vigente, así como el marco jurídico de control y supervisión estatal en la materia”.

Precisó que es una falacia que el puerto carezca de la supervisión de las autoridades peruanas. Detalló, por el contrario, que las autoridades no solo ejercen todas sus atribuciones de control y supervisión a través de las entidades estatales correspondientes, sino que además lo hacen con las facilidades que el puerto les ha provisto dentro de su infraestructura.

Detalló que dentro del Puerto de Chancay están presentes: “Aduanas, la Autoridad Portuaria Nacional incluida una Unidad de Control Conjunto (multisectorial), el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, diversas entidades del Sector Interior (Migraciones, Dirección Nacional Antidrogas, Policía Fiscal y Ambiental), autoridades sanitarias y el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre”.

El meollo del problema

Cosco Shipping explicó que la ley peruana del Sistema Portuario, que regula las actividades y servicios en  los puertos, tanto los de iniciativa, gestión y prestación pública, como privados, establece la competencia de las entidades nacionales para efectos de control y supervisión portuaria.

Y dentro de ese aspecto, el marco específico de Ositran es asignado para “supervisar el cumplimiento de los contratos de concesión y regular el sistema tarifario en los mercados en los que no hay libre competencia portuaria de uso público”.

Pero destacó que Ositran sostiene que además de lo anterior le corresponde la “función de defensa de los intereses de usuarios de  los puertos”, lo que, según la empresa, no se condice con las leyes vigentes, ya que este le correspondería a la Autoridad Portuaria Nacional.

“Sin embargo, la Ley del Sistema Portuario Nacional atribuye funciones específicas a la Autoridad Portuaria Nacional, incluyendo velar por el respeto de los derechos de los usuarios en los puertos en el ámbito de su competencia”, precisó.

Por ello, detalló que en el marco de la estabilidad jurídica que gozan las inversiones en Perú y bajo la cual se realizó la inversión, la empresa recurrió a las instancias judiciales para hacer valer sus derechos en relación con la supervisión específica de Ositran. 

Y dijo que ello “no significa que el Estado pierda capacidad alguna de control y fiscalización, así como de velar por la protección de derechos de los usuarios”, debido a que, en la actualidad, es supervisado por muchas autoridades como lo detalló anteriormente.  

Por último, indicó que en tanto se desarrolla el proceso judicial iniciado por Cosco Shipping en defensa de la legalidad ha venido efectuando “bajo protesta” el aporte por regulación a Ositran.

“Cosco Shipping reafirma su firme compromiso de respetar y cumplir la normativa nacional, así como los mandatos derivados de los procesos judiciales, manteniendo al servicio del país una infraestructura portuaria moderna y eficiente según el mayor estándar internacional, que se constituya en herramienta contribuyente al progreso y el desarrollo del país”, concluyeron.

 

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