Sánchez habría vulnerado neutralidad en caso portátil castillista

Podría ser investigado en la Fiscalía. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Este 1 encontró elementos probatorios que indicarían que el candidato presidencial de Juntos por el Perú (JP), Roberto Sánchez, habría infringido los principios de neutralidad electoral durante una actividad realizada el pasado 21 de noviembre en los exteriores del penal de Barbadillo, en apoyo al profesor golpista Pedro Castillo.

 

De acuerdo con la información difundida por Canal N, el documento fue remitido al pleno de ese organismo para que evalúe si el caso amerita la imposición de alguna sanción.

El último domingo, Cuarto Poder emitió un reportaje en el que se observa a Roberto Sánchez encabezando una actividad de apoyo a Pedro Castillo en los exteriores del penal de Ate, mientras se desarrollaba la audiencia del juicio al exmandatario.

En esa ocasión, Sánchez no estuvo solo. Lo acompañaban el secretario general de su partido y técnico de su despacho congresal, Ernesto Zunini, así como Gian Marco Castillo, sobrino del profesor golpista, quien además labora en su oficina como coordinador.

Los tres debían estar ese día trabajando en actividades del Parlamento, pero se trasladaron al penal para realizar actos políticos en plena campaña electoral.

El último lunes, Sánchez informó que los dos trabajadores contaban con licencia sin goce de haber.

Informe del caso portátil castillista del JEE Lima Este 1.

 

Vulneró neutralidad

 

En el informe N° 000059-2025-CRL-JEELIMAESTE1-EG2026/JNE, emitido por el JEE Lima Este 1 el 16 de diciembre, se analizó al congresista Roberto Helbert Sánchez Palomino, candidato presidencial por Juntos por el Perú, por presunta infracción al deber de neutralidad durante el proceso electoral 2026.

Se detectó a dos trabajadores del Congreso, Gian Marco Castillo Gómez (coordinador) y Ernesto Zunini Yerren (técnico), realizando actos de campaña junto al congresista. 

El reportaje de Cuarto Poder, difundido el 21 de noviembre, los registró en la actividad. Ambos figuran en el Portal de Transparencia como personal contratado bajo dependencia directa de Sánchez Palomino.

El informe indica que esto constituye un uso indebido de recursos humanos del Estado, lo que podría configurar peculado de uso, según el artículo 387 del Código Penal.

 

Imagen captada por Cuarto Poder, el 21 de noviembre, en el exterior del penal Barbadillo, en la que aparece Roberto Sánchez y Jaime Quiro (de la bancada socialista).

 

«En el contenido audiovisual del reportaje del programa televisivo ‘Cuarto Poder’, se aprecia a dos trabajadores del Despacho Congresal del señor Roberto Helbert Sánchez Palomino (Ernesto Zunini y Gian Marco Castillo), actual congresista de la República, en horario laboral, acompañándolo y realizando actividades de proselitismo político a favor de la organización política ‘Juntos por el Perú’, con diversas banderas, el símbolo de la organización y lemas como: ‘Presidente Pedro Castillo ¡Libertad!, Juntos con el Pueblo’, en los exteriores del Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, ubicado en Av. Principal SN – AA.HH. Juan Velasco Alvarado, distrito de Ate», menciona el documento.

En otra sección, el informe precisa que Sánchez habría utilizado indebidamente personal de su despacho para promover tanto a Pedro Castillo como su propia candidatura: «…(Sánchez) estaría haciendo uso indebido del personal asignado a su despacho parlamentario, en horario laboral, para que realicen actos proselitistas a favor de su candidatura como Presidente de la República por la organización política ‘Juntos por el Perú’.»

El expediente también refiere el principio de neutralidad que presuntamente habría infringido Sánchez:
«Neutralidad: Evidenciar una conducta imparcial apartada de cualquier interés de naturaleza política o partidaria en los asuntos a su cargo, sin predisposiciones injustificadas, en favor del interés público…», de acuerdo con el Decreto Supremo 054-2025-PCM.

Respecto al posible delito penal, el informe destaca que podría tratarse de peculado de uso: «El hecho de permitir al personal a cargo el desarrollo de actividades proselitistas a favor de su candidatura presidencial por la organización política ‘Juntos por el Perú’ se adecúa al tipo penal previsto en el artículo 387 del Código Penal, que sanciona el peculado de uso.»

 

Conclusiones

 

«Lo expuesto en el presente informe se encuentra comprendido dentro de lo establecido en el Título IV – Neutralidad, Capítulo I – Disposiciones Generales sobre Neutralidad, artículo 32, numeral 32.1.2 del Reglamento en materia de neutralidad, en concordancia con lo señalado en el artículo 346 de la Ley Orgánica de Elecciones, lo que se pone a consideración del Jurado Electoral Especial de Lima Este 1», destaca el informe.

Finalmente, añade: «Se recomienda elevar el presente informe al pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Este 1, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones y a la normativa vigente».

 

Sanciones

De acuerdo con el reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado mediante la Resolución N.° 0112-2025-JNE, el pleno del JEE Lima Este 1 dispondrá correr traslado a los investigados —Sánchez, Zunini y Castillo— para que presenten sus descargos.

El experto en temas electorales José Tello explicó a Perú21 que, debido a que Sánchez no era candidato presidencial al 21 de noviembre —fecha en la que fue registrado por Cuarto Poder con la portátil castillista en Barbadillo—, se libraría de la aplicación del artículo 43 del reglamento de publicidad estatal y neutralidad electoral, que contempla una sanción económica en caso de una segunda infracción al deber de neutralidad para postulantes.

 

Reglamento de neutralidad del JNE y sus sanciones.

 

De esta forma, Sánchez se libraría de que, en un futuro, se le aplique el artículo 43, que prevé la imposición de una multa por una segunda sanción (en caso haya insistencia en la misma falta), no menor de 30 UIT (S/160.500) ni mayor de 100 UIT (S/802.500).

No obstante, según fuentes de Perú21 no se evaluará si es candidato o no, y sí se evaluaría que se le aplique esa multa en caso sea reincidente.

El plazo para que responde el JEE es de un día para evaluar su admisión que vencería mañana, y de ahí tendrá tres días para pedir los descargos a Sánchez, Zunini y Castillo.

 

Peculado de uso

 

Según explicó Tello, lo que sí podría enfrentar Sánchez es un escenario distinto, como autoridad al ser congresista, si el JEE determina que existirían elementos de un presunto delito de peculado de uso. 

En ese caso, conforme al Código Penal, podría ser denunciado ante el Ministerio Público, con una pena que oscilaría entre dos y 15 años de prisión, dependiendo de los agravantes.

En el caso de Zunini y Castillo, al no haber sido candidatos en esa fecha, solo podrían ser denunciados ante la Contraloría, con procesos administrativos, en su condición de trabajadores de confianza de Sánchez.

El informe del JEE Lima Este 1 concluye que existen indicios de la posible comisión de dicho delito.

 

¿Quiénes son Sánchez y sus trabajadores?

 

El diario Perú21 publicó el lunes un informe sobre el caso de la denominada “portátil” de apoyo a Pedro Castillo, así como sobre los perfiles de Roberto Sánchez, Ernesto Zunini y Gian Marco Castillo.

En el reportaje titulado ¿Quién es Ernesto Zunini: el trabajador del Congreso y miembro de la portátil castillista?, se detalla su trayectoria, incluidos sus vínculos previos con el chavismo, así como información relacionada con el sobrino de Pedro Castillo.

A solo cinco días de la llegada del 23 de diciembre, fecha límite para la inscripción de las listas de los 35 partidos y tres alianzas electorales, las sanciones empiezan a materializarse.

 

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