El expresidente Pedro Castillo Terrones no podrá postular a un puesto en el Congreso tras la sentencia de 11 años de prisión efectiva y dos de inhabilitación para ejercer cargos públicos que le dio el Poder Judicial, según indicaron los abogados Manuel Villalobos y Aníbal Quiroga.
«De acuerdo a la ley electoral, no se puede postular cuando alguien tiene una condena en primera instancia, aunque no sea firme, mientras sea condenado, independientemente de la apelación. Por lo tanto, Castillo al haber sido condenado igual que Betssy Chávez y Aníbal torres antes del vencimiento del plazo del Jurado Nacional de Elecciones, está impedido de participar en las elecciones de 2026», fue lo que mencionó a Perú21 el abogado constitucionalista Quiroga sobre el caso.
Por su parte, el letrado Villalobos mencionó en redes sociales que «de acuerdo con el artículo 34A de la Constitución, están impedidos de postular quienes tengan una sentencia condenatoria en primera instancia por delito doloso».
Y es que el tema entró en cuestionamiento tras las declaraciones que hizo el penalista César Nakazaki respecto al tema al Canal N. Él mencionó hace unos días que la pena privativa de la libertad puede ejecutarse provisionalmente desde la sentencia, pero que la pena de inhabilitación solo se ejecuta una vez que la sentencia adquiere la calidad de cosa juzgada.
Nakazaki dijo que ese tiempo podría permitir a Castillo mantenerse como precandidato y hacer campaña activa hasta inicios de 2026, dado que el proceso de inhabilitación podría demorar hasta abril o mayo.
Al respecto, Quiroga remarcó que el tema es «medianamente claro» y se rige por la ley electoral y constitucional, no por la ley penal.
El letrado añadió que consideraba que «en algunos casos el purismo penalista colisiona frontalmente con el tema constitucional y electoral y se mezclan los conceptos, por eso las interpretaciones cerradas que a veces se escuchan».
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