Sus fallos evidentes en la distribución del material electoral dejaron al menos 55 mil electores en Lima sin la posibilidad de votar en el día original de los comicios: el domingo 12 de abril. Este incumplimiento dejó dudas sobre cómo se gestó esta contratación.
Galaga, por su lado, ha negado culpa alguna por los fallos registrados el 12 de abril y le ha exigido a la ONPE demostrar su responsabilidad.
Si bien ya son públicos algunos detalles al respecto, Gestión hace notar lo siguiente: la ONPE tuvo una facilidad legal para escoger a los mejores proveedores posibles. A pesar de ello, escogió mal a la luz de los hechos.
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Mecanismo exprés
Karla Gaviño, experta en Gestión Pública, indicó que estas excepcionalidades no son inusuales en la historia de la LGCP. Lo que sí hay que señalar es que, de la revisión de las leyes de presupuesto público 2020 y 2021, no hay rastro de un artículo similar al que se aplicó ahora para las elecciones 2026.

Piero Corvetto, jefe de la ONPE, está hoy bajo el ojo de la tormenta por las fallas en la instalación de mesas de votación el domingo 12 de abril. (Foto: AFP).
“No es inédito. Se hace para convenios de administración de recursos que no pasan por contrataciones públicas y se indican que usarán otros mecanismos de la comunidad internacional, como los de la UNOPS (organismo de la ONU). En algunos casos es por hechos anuales o porque se concretó una operación de deuda”, planteó.
A pesar de la “liberación”, la propia Ley de Presupuesto Público recalca que no era total: ciertos extremos de la LGCP debían regir los lineamientos de la ONPE.
Entre ellos están los principios que fija la LGCP para contratar, como el “valor por dinero” (maximizar el valor de lo contratado), que el proveedor esté habilitado para ello y que todos los impedimentos que contempla esta norma para dicho fin se apliquen.
Para Cecilia Ruiz, abogada especialista en Contratos Públicos, es irónico y hasta irresponsable que, con todas estas facilidades, la ONPE no haya logrado contratar a un proveedor calificado.
“La ONPE vive y respira para los procesos electorales. Aquí hay un grave incumplimiento y, no porque tengan un régimen especial, puede hacer caso omiso a los principios de la LGCP”, cuestionó.
MEF SE PRONUNCIA. Frente al pleno del Congreso, el titular del sector, Rodolfo Acuña, señaló que el problema con Galaga “no ha sido una cuestión de recursos, sino de gestión”. Indicó que a la fecha, tanto la ONPE como el JNE han gastado cerca del 30% de lo que asignó el Ejecutivo para organizar las elecciones generales 2026.
Ignorando el pasado
Como se ha hecho público, Galaga fue contratada por la ONPE para el “despliegue y repliegue” del material electoral de este proceso por S/ 6.3 millones el pasado 9 de marzo. Lo curioso es que la propia entidad decidió omitir los antecedentes de la empresa.
Galaga registra, desde 2020, 3 penalidades de parte de la propia ONPE por S/ 64 millones. La última de ellas fue por incumplir exactamente el mismo servicio que ahora, pero para las elecciones municipales complementarias 2023. ¿Este récord negativo no le impedía contratar ahora?
Tanto Ruiz como Gaviño explicaron que, a pesar de que el régimen exprés no liberaba a la ONPE de aplicar los impedimentos para contratar, ninguno de estos evitaba el pase de Galaga. Si la empresa pagó, tal como constató Gestión, y figura en el portal del OECE sin sanciones activas, podía concursar.

Contraloría adelantó a la ONPE que Galaga no tenía la capacidad de distribución necesaria antes del domingo 12 de abril. (Foto: Yunsu Pariapaza/@photo.gec).
“Una sanción activa es aquella que, en el momento de postular, te impide continuar, como una inhabilitación. En el caso de multas, como este caso, al pagar, puedes seguir participando”, señaló Gaviño.
El detalle, criticó Ruiz, es que con el régimen de excepcionalidad de la LGCP la ONPE podía fijar sus propias reglas para contratar al proveedor logístico de las elecciones. Pudo, con total libertad, restringir el concurso de empresas como Galaga. Remarcó, no se tomó en cuenta que ya les había fallado antes.
“Nunca se puso de especificación en ningún término de referencia el hecho de que no pudieran concursar empresas que ya habían sido penalizadas. Aparte, la ONPE ya conocía las advertencias de Contraloría: una semana antes habían observado que Galaga no tenía la capacidad logística para enfrentar el proceso”, sostuvo.
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¿Golpe reputacional a la forma de contratar del Estado peruano?
La LGCP, el marco que la ONPE pudo “ignorar” en ciertos extremos para contratar a Galaga, cumple la próxima semana (22 de abril) un año de vigencia total. Desde la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco), consideraron que el vínculo de la entidad con Galaga deja en evidencia la ineficacia del marco normativo.
“Las reglas no promueven la eficacia. Seguimos con la misma lógica de comprar lo más barato. Estas son las consecuencias. Hace falta un debate amplio para cambiar la forma en la que el Estado contrata”, reclamó Guido Valdivia, vicepresidente ejecutivo del gremio.
Pero las otras voces consultadas no arremeten contra el marco legal, sino contra quienes la aplican: los funcionarios públicos poco capacitados. Como reveló Gestión el año pasado, solo el 2% de aquellos que iban a aplicar la LGCP cuando se oficializó la ley tenían la mayor calificación del OECE. Situación que, al día de hoy, no habría cambiado notoriamente.
“Puedes cambiar las normas y volverlas más sofisticadas, pero si eso no va de la mano con que los servidores públicos incrementen su conocimiento de la propia LGCP, el resultado no será diferente”, lamentó Gaviño.
Por ahora, el caso Galaga seguirá abierto. La JNE ha decidido denunciar penalmente al jefe de la ONPE, Piero Corvetto, junto a otros funcionarios de la entidad que serían responsables por esta contratación. Galaga, por su lado, ha negado culpa alguna por los fallos registrados el 12 de abril y le ha exigido a la ONPE demostrar su responsabilidad.

