Con ello, la apertura de la cuenta requerirá, por única vez, la autorización expresa de quien ejerce la patria potestad o la representación legal del adolescente.
Sin embargo, un cambio sustancial es que, otorgada dicha autorización, los menores, con edades de entre 16 y 18 años, podrán administrar la cuenta de forma directa y autónoma, de acuerdo con los límites y condiciones establecidos por la SBS.
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Para ese grupo etario, el Código Civil hoy reconoce la capacidad de ejercicio restringida, por lo que pueden celebrar ciertos actos –como contratar una cuenta de ahorro– siempre que exista autorización o ratificación de sus padres, comentó a Gestión María del Carmen Yuta, socia de Vodanovic.
Titulares
El dictamen aprobado ordena dicho régimen y establece una habilitación expresa para que esos adolescentes sean titulares y administren –sin tantas limitaciones– cuentas de ahorro o de dinero electrónico, expresó.
La autorización inicial seguiría siendo necesaria, aunque el uso solo tendría que sujetarse a las condiciones que establezca la SBS, acotó. A diferencia de la ley vigente, la apertura de la cuenta requerirá, por única vez, la autorización expresa de quien ejerce la patria potestad o la representación legal del adolescente.
Por su lado, Rolando Castellares, experto en legislación financiera, sostiene que la apertura de cuentas bancarias por parte de menores de edad ya está permitida por la Ley General del Sistema Financiero, sin que sea necesaria la participación de un representante legal o tutor.
No obstante, en la práctica, las entidades financieras suelen requerir la autorización de un apoderado.

En Perú hay aproximadamente un millón y medio de adolescentes que tienen entre 16 y 18 años, y siete de cada 10 ahorran de modo informal. (Foto: GEC)
Ambos especialistas coinciden en mencionar que la norma vigente no permite a los adolescentes disponer libremente de ese dinero.
“Para realizar retiros o efectuar operaciones sobre los fondos, se requiere la intervención de un representante, debido a que los menores de edad aún no cuentan con plena capacidad legal para administrar y disponer de sus bienes, facultad que adquieren al alcanzar la mayoría de edad”, precisó Castellares.
Billeteras
Para Yuta, la propuesta también puede vincularse con el mayor uso de billeteras digitales por parte de adolescentes.
Muchos jóvenes con edades de entre 16 y 18 años, usan los aplicativos móviles para pagos o transferencias, pero normalmente mediante cuentas abiertas por sus padres o productos vinculados a un adulto, manifestó.
El dictamen parece reconocer esta realidad y buscaría formalizar el uso de billeteras desde los 16 años, “manteniendo autorización inicial y límites regulatorios”, resaltó.
En Perú hay aproximadamente un millón y medio de adolescentes que tienen entre 16 y 18 años, y siete de cada 10 ahorran de modo informal, mientras que el 60% de los que trabajan perciben ingresos mensuales cercanos a la remuneración mínima vital.

Cautela
La iniciativa también señala que no podrá abrirse más de una cuenta de ese tipo en una misma entidad financiera y que, al alcanzar la mayoría de edad, pasará automáticamente a regirse por las reglas generales aplicables a cualquier ciudadano con plena capacidad de ejercicio.
Esta medida puede ser positiva si se mantiene acotada al ahorro, pagos y dinero electrónico, sin extenderse a productos de crédito, según Yuta.
Contribuiría a la inclusión financiera, trazabilidad y educación financiera, pero debe implementarse con cautela, añadió. “Bien implementada, puede ser una herramienta útil de inclusión y educación financiera; mal implementada, podría generar riesgos operativos, de fraude o de sobreexposición de adolescentes al sistema financiero”, advirtió.
Sueldo
Los adolescentes con edades entre 16 y 18 años y empleo formal podrán abrir cuentas de ahorro destinadas exclusivamente al depósito de sus remuneraciones, según el dictamen aprobado por la Comisión de Economía.
La medida busca impulsar la inclusión financiera y promover el ahorro entre los jóvenes trabajadores.
Además, permitirá que reciban sus ingresos a través del sistema financiero formal y evitar el uso de efectivo o cuentas compartidas con terceros, además de contribuir a una mayor formalización laboral.
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