El juez Fernando Valdez rechazó el pedido del cabecilla del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), Víctor Polay Campos, para aplicar la Ley 32107, que estipula que solo se procesará por lesa humanidad a crímenes cometidos a partir del 1 de julio de 2022.
La Fiscalía imputa al terrorista, y a otros miembros del MRTA, haber planificado y asesinado personas por su orientación sexual, entre 1989 y 1992.
Valdez consideró que no se puede aplicar la norma porque al tratarse de delitos contra los derechos humanos, reconocidos en jurisprudencia internacional, estos no prescriben.
«Dichos crímenes deben ser perseguidos por los Estados con independencia de la fecha de su comisión. En tal sentido, los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles, en la medida en que constituyen ataques directos contra la dignidad del ser humano considerado en su dimensión universal», se lee en la resolución.
El magistrado concluyó, además, que tomar una decisión distinta «conduciría inexorablemente a la terminación del proceso penal, dejando sin esclarecimiento el asesinato de once personas».
Por tanto, Polay Campos, quien ya cumple una condena de 35 años de prisión, seguirá procesado por los hechos antes descritos.
No obstante, la mencionada sentencia por terrorismo culmina en enero de 2026 y por ese motivo la justicia dictó 18 meses de prisión preventiva contra el miembro del MRTA para que no salga de prisión hasta culmine el proceso penal vigente.
La Ley 32107 fue aprobada en el Congreso en agosto de 2024. La norma fue objeto de demandas ante el Tribunal Constitucional (TC), que el último 5 de diciembre las declaró infundados y mantuvo vigente la directriz.
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