El candidato a la presidencia por Perú Primero y hermano del expresidente Martín Vizcarra, Mario Vizcarra, tiene programado para mañana 15 de enero su audiencia de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), contra una tacha impuesta y admitida a su nombre por no declarar una sentencia al momento de inscribirse como postulante a las elecciones 2026.
Hace una semana, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró inadmisible el recurso de apelación presentado ante lel JNE. La decisión se dio tras una omisión en el pago completo de la tasa electoral. Según la resolución, el personero legal de Perú Primero, José Luis Alvarado Gonzáles, adjuntó comprobantes de pago por un total de S/. 1,605.
Sin embargo, esta cantidad no correspondía al monto total actualizado conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente para el año 2026, el cual asciende a S/. 1,650 por el concepto de apelación contra una tacha de candidato presidencial.
Este monto fue subsanado de manera inmediata, por lo que se procedió a programar la audiencia de Perú Primero, la cual será en vivo y contará con la participación del abogado de la organización quien declarará ante los miembros del Jurado los motivos por los cuales se debe aceptar la apelación contra la tacha de Mario Vizcarra.
Como se recuerda, el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 ha declarado inadmisible la candidatura de Mario Vizcarra al Senado por el partido Perú Primero al constatar que registra una sentencia condenatoria firme por el delito de peculado. La instancia electoral ha señalado que esta condena es un impedimento legal e inconstitucional que “no admite subsanación ni excepción”.
Vizcarra reconoció haber sido condenado en 2005 por peculado, señalando que la pena fue cumplida y que se encontraba rehabilitado.
Sin embargo, en su resolución sobre su candidatura al Senado, el JEE advirtió que el número de expediente consignado era incompleto, lo que inicialmente impedía verificar la información. La revisión posterior, realizada a través del Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes Penales, confirmó que el candidato mantiene una condena firme por corrupción de funcionarios.
Con ello, el órgano electoral concluyó que Vizcarra incurre en el impedimento insubsanable previsto en el artículo 113, literal h, de la Ley Orgánica de Elecciones, que prohíbe postular a cargos de elección popular a quienes hayan sido condenados por delitos como peculado, incluso cuando hayan sido rehabilitados.
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