JEE no admite lista de JP con Pedro Castillo y padre de Antauro Humala

Candidaturas en problemas. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 no admitió este lunes parte de la lista de invitados al Senado de Juntos por el Perú (JP), una nómina que agrupa a familiares del expresidente golpista Pedro Castillo y del líder de la asonada sangrienta del Andahuaylazo, Antauro Humala, y que hoy complica su camino electoral.

 

 

En la lista al Senado declarada inadmisible figuran José Carmen Castillo (N.° 1), hermano del profesor chotano; Isaac Humala (N.° 9), padre de Antauro Humala; y el etnocacerista César Copa (N.° 17), condenado por rebelión.

El órgano electoral observó imprecisiones en la fecha y hora consignadas en la inscripción de Isaac Humala y José Castillo, así como un error en el registro del número de la sentencia por rebelión en el caso de César Copa.

 

Resolución que declara la inadmisibilidad del registro de inscripción de las candidaturas al Senado de Isaac Humala, José Castillo y César Copa.

 

Juntos por el Perú tiene un plazo de dos días calendario para subsanar las observaciones en las inscripciones de sus candidatos; de no hacerlo, las candidaturas podrían ser declaradas improcedentes.

 

Las observaciones

 

En el caso de José Mercedes Castillo Terrones, ubicado en la posición N.° 01 de la lista al Senado, se advirtió que la fecha consignada en su formato único de la declaración jurada de hoja de vida corresponde al 24 de diciembre de 2025 a las 02:42:29, mientras que en su Declaración jurada de consentimiento de participación en las Elecciones Generales 2026 figura el 22 de diciembre de 2025, lo que contraviene lo dispuesto en el numeral 33.6 del artículo 33° del Reglamento.

Por esta razón, dicho extremo fue declarado inadmisible y deberá ser subsanado.

De manera similar, Isaac Humala Núñez, ubicado en la posición N.° 09, presentó su hoja de vida con fecha de llenado 24 de diciembre de 2025 a las 03:59:33, pero su declaración jurada de consentimiento está fechada el 23 de diciembre de 2025. La falta de concordancia entre ambos documentos también infringe el reglamento y obliga a su correspondiente subsanación.

 

Resolución del JEE que declara inadmisible la inscripción de la lista de invitados al Senado de JP.

 

En tanto, César Copa Tijutani, ubicado en la posición N.° 17, consignó en el numeral VI de su hoja de vida que registra una sentencia por el delito de rebelión, indicando el expediente “20-2005” y la fecha de sentencia 13 de octubre de 2009.

No obstante, el número de expediente consignado se encuentra incompleto, lo que impide verificar sus antecedentes judiciales. Ante ello, el JEE dispuso que se adjunte copia de la sentencia mencionada para subsanar la omisión, declarando inadmisible ese extremo hasta que se cumpla con la presentación de la documentación requerida.

En los tres casos, las observaciones responden a la exigencia de coherencia y veracidad de la información presentada por los candidatos, así como a la obligación de garantizar la plena verificación de los antecedentes consignados en sus declaraciones juradas.

 

Otros cuatro candidatos observados

 

Además de estos tres candidatos, el JEE observó a otros cuatro postulantes. Carmen Celinda Yalico Moncada, ubicada en la posición N.° 16 al Senado, presentó su hoja de vida con fecha 23 de diciembre, mientras que su declaración jurada consigna el 21 de diciembre, generando una contradicción. 

Prudencia Paula Cayetano Suárez, en la posición N.° 24, presentó una declaración jurada que no corresponde, incumpliendo lo establecido en el reglamento. 

Martín Colán Torres, ubicado en la posición N.° 25, figura en la inscripción oficial; sin embargo, en el acta interna de elecciones aparece Jorge Washington Tacuri Aragón, lo que obliga a subsanar la discrepancia en la lista. 

Finalmente, Luis Mamani Mamani, en la posición N.° 27, consignó su hoja de vida con fecha 23 de diciembre, mientras que su declaración jurada está fechada el 18 de diciembre, lo que también contraviene la normativa vigente.

En total, siete candidatos que figuran en la lista al Senado como invitados de JP fueron observados: tres con inadmisibilidad directa por inconsistencias consideradas graves y cuatro con observaciones que deberán ser subsanadas. 

El Jurado otorgó un plazo de dos días calendario para que el personero legal de la organización política levante las observaciones, bajo apercibimiento de declarar improcedente la inscripción si no se cumplen los requisitos dentro del plazo establecido.

La pelota está en la cancha de JP. El reloj ya corre.

 

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