País para Todos se pronunció en torno a una informacion que daba cuenta de una sentencia en primera instancia por el delito de peculado contra su candidato presidencial Carlos Álvarez en 2002.
La agrupación política, a través de su vocero, Juan Sheput, aclaró que su candidato no registra condena alguna pues, cuatro años después, una sentencia de la Primera Sala Transitoria declaró su absolución y ordenó que se anulen los antecedentes judiciales y policiales que generó el proceso.
“Se ha contado una parte de la historia, Carlos no tiene sentencia, lo que tiene es una absolución. Se anula los considerandos, Porque están llenos de situaciones no comprobadas. En ese registro de nulidad está clarísimo, ya no registra antecedentes, por lo tanto, nuestro candidato no tenía nada que informar. Carlos sigue adelante”, indicó el excongresista a Perú21.
La referida resolución de 2066 reforma la sentencia inicial que declaraba culpable a Álvarez absolviéndolo de la acusación fiscal:
“Haber nulidad en el extremo de la sentencia que condena a Carlos Gonzalo Álvarez Loayza como cómplice del delito contra la Administración Pública – peculado, en agravio del Estado y la Sociedad, a cuatro años de pena privativa de la libertad, cuya ejecución se suspende por el plazo de tres años; reformándola: absolvieron al citado encausado de la acusación fiscal por el delito de peculado en agravio del Estado y la Sociedad; ordenaron se proceda a la anulación de sus antecedentes judiciales y policiales generados como consecuencia del proceso”, se lee con claridad en el documento.
“Que Carlos registre esta situación es opcional. Estamos hablando de lo que exige la ley. La ley exige señalar cuando hay condena firme y acá no ha habido condena firme. Ya luego uno podría aclarar, pero eso ya entra en otro tipo de terreno que no es ilegal. Carlos Álvarez no tiene ningún tipo de cuestionamiento desde el punto de vista legal para continuar adelante. No es para nada una causal de salida como han mencionado en algunos programas, de ninguna manera ”, explicó Sheput, que denunció una campaña de desprestigio en contra de Álvarez.
En entrevista a Perú21TV el experto en temas electorales, José Manuel Villalobos explicó que no es obligatorio que los candidatos registren sus condenas absolutorias.
“En la hoja de vida se declaran las sentencias condenatorias por delito doloso que ha tenido el candidato, más no es obligatorio declarar las denuncias o procesos penales en que haya estado incurso, ni las sentencias absolutorias que declara la inocencia de los cargos imputados”, dijo el especialista.
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