Candidatos del APRA en la cuerda floja

Se vía venir. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Oeste 3 declaró inadmisible la lista de candidatos del APRA a la cámara de diputados por Lima Metropolitana. Esta decisión responde a algunas observaciones respecto al cumplimiento de los requisitos previamente establecidos por la ONPE. A través de la Resolución N° 00024-2026-JEE-LIO3/JNE, la entidad electoral señaló que la lista presentada por la personera legal alterna ha sido “modificada” y que ésta es diferente a los resultados de las elecciones primarias del pasado 30 de noviembre. “Respecto del orden en la lista de candidatos presentada, se advierte que, la lista ha sido modificada, y dista de los resultados de las elecciones primarias. En ese sentido, corresponde aclarar, sobre el cambio en el orden de los candidatos en la lista presentada”, indica el documento en cuestión.

 

DOS SENTENCIAS Y NIDIA

Asimismo, el escrito detalla que la candidata Ita Mercedes Paredes Portella (N° 23) declaró una sentencia firme por el delito de uso de documento falso, expedida el 9 de abril de 2015, cuya pena fue de cuatro años de prisión suspendida.

Lo mismo ocurre en el caso de la postulante Gisella Yolanda Luyo Meza (N° 27) declaró una sentencia firme por el delito de usurpación, expedido el 15 de marzo de 2023, cuya pena fue de dos años de prisión suspendida.

En los dos casos el JEE de Lima Oeste 3 pidió que “se sustente documentariamente, adjuntando la sentencia, así como la resolución de rehabilitación de ser el caso, e informe acerca del cumplimiento del pago de la reparación civil”.

Además, en el documento se refiere que la candidata y exministra de la Mujer, Nidia Vílchez (N° 7), declara haber percibido, durante el año 2024, una renta bruta anual por ejercicio individual de S/ 0 en el sector público; sin embargo, en el rubro II consigna experiencia de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones.

 

MULDER, QUEZADA, VALDERRAMA

Respecto a Omar Quezada (N° 2), el JEE señala que éste consignó como fecha el 17 de diciembre de 2025, y la confirmación del registro de información del Formato Único tiene por fecha el 18 de diciembre; contraviniendo lo dispuesto en el último párrafo del numeral 26.4 del Reglamento, el cual exige que la declaración sea de fecha igual o posterior a dicha confirmación.

En el caso del candidato a diputado sobre Mauricio Mulder (N° 4), se precisa que éste no cumple con los requisitos establecidos en el Anexo 11 del Reglamento, toda vez que, se puede advertir que se encuentra marcada la opción de diputados. No obstante, también postula al cargo de primer vicepresidente de la república al mismo tiempo.

Y sobre el candidato presidencial Enrique Valderrama (N° 10), se detalla que no cumple con los requisitos establecidos en el Anexo 11 del Reglamento, toda vez que, se puede advertir que se encuentran marcadas las opciones de fórmulas y diputados, por lo que corresponde que se aclare la información consignada.

En caso de que los argumentos de la personera del APRA no convenzan al JEE, este último podría declarar la improcedencia de la solicitud de la lista de candidatos del APRA a la Cámara de Diputados por Lima Metropolitana, dejándolos con un pie fuera de las Elecciones 2026.

Por todas estas observaciones, se concedió el plazo de 2 días calendario al personero legal para subsanar las observaciones, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de los candidatos, según corresponda. El plazo vence mañana viernes 9 de enero.

EL DATO

Otras observaciones incluyen la documentación de candidatos como Fabiola Taipe, Alfredo Melendez, Alberto Uculmana, Reinaldo Díaz, Walter Navarro, Norma Muedas, Verónica Padilla, Walter Boris y Carmen Purizaca.

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *