Este Congreso, en mi opinión, está desatado, cuando no pueden legislar directamente, vía un proyecto de ley de la materia en el tema que les interesa, ante la resistencia y crítica popular que pudiera generar la iniciativa, entonces la introducen de contrabando, camuflada en otras normas cuyo público objetivo o área especializada no guarda relación con la propuesta, algo así como un caballo de Troya.
Es el caso de la Ley 32515, Ley de endeudamiento del sector público para el año fiscal 2026, publicada el pasado 4 de diciembre, en cuyas disposiciones complementarias modificatorias, artículos décimo tercero y décimo cuarto, se introducen convenientemente modificaciones a la Ley 27579 que obliga a las emisoras estatales a transmitir un resumen diario de la actividad parlamentaria y de los Plenos, obligando a IRTP, señal que nos pertenece a todos los peruanos, a transmitir en vivo estas actividades durante todo su desarrollo (insufrible), en la frecuencia donde contasen con señal digital, de principio a fin, en tanto que en señal abierta (Canal 7 y Radio Nacional) y demás, la cobertura será no menor de 2 horas diarias efectivas, lo que representaría un alto costo al erario nacional, por el uso de los equipos de comunicaciones y personal asignado para esta tarea, gasto que no es de necesidad nacional, además que el poder Legislativo cuenta con su propia señal de televisión y cobertura actual del propio IRTP.
Los congresistas han echado mano a hacer cambios normativos de lo que se les antoje vía disposiciones complementarias y finales de leyes que por su complejidad o especialidad, pocos se echan a leer, sin que la opinión pública advierta su existencia y haya pasado el filtro de su respectivo debate, opinión de los sectores involucrados y el análisis de su costo beneficio.
Se pensaba que el tema en cuestión, lo de la cobertura parlamentaria por todas las señales del Estado, había sido abortado en septiembre de este año, cuando con la misma modalidad, se le pretendió introducir vía disposiciones adicionales, en un proyecto de ley de obras de saneamiento, siendo rechazado finalmente en el Pleno.
Toda esta situación es más que censurable, reitero, no solo por la forma con que se aprueban estas leyes, que vulneran la buena fe de sus representados, la ciudadanía, mediante ocultamiento en normas que guarda concordancia con la materia principal, sino porque se pretendería con recursos públicos marketearse, publicitando sus brillantes intervenciones, la mayoría, discúlpenme, intrascendentes y poco productivas para el país, además de impersonales, porque apelan en muchos casos al trabajo remoto.
Urge que la Mesa Directiva investigue esta ya modalidad de “contrabando” de leyes y sancione con severidad a sus promotores.
