El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a cargo del juez Víctor Alcocer Acosta, emitió su decisión final en el proceso penal seguido contra del congresista y dueño de Podemos Perú, José Luna Gálvez y otros investigados por los delitos de lavado de activos, colusión y otros en agravio del Estado.
El juez Alcocer Acosta declaró fundada la solicitud de control de plazo presentada por las defensas técnicas de los investigados, confirmando que el plazo máximo de la investigación preparatoria se encuentra vencido desde el 29 de julio de 2021.
Aunque el juzgado reconoció la «complejidad objetiva y extraordinaria carga procesal» del caso, determinó que esta situación no puede justificar la prolongación indefinida de la investigación ni desnaturalizar el derecho fundamental al plazo razonable de los investigados.
En consecuencia, el juez resolvió declarar fundada la solicitud de control de plazo de la investigación preparatoria. Seguidamente, ordenó al Ministerio Público que dé por concluida la investigación conforme al artículo 343 del Código Procesal Penal.
Alcocer concedió a la Fiscalía un plazo excepcional y perentorio de 30 días calendario, para que emita el pronunciamiento conclusivo que corresponda, ya sea la acusación o el sobreseimiento. El magistrado fue enfático al precisar que el plazo de 30 días es de carácter final e improrrogable.
Al dueño de Podemos Perú se le investigaba por haber recibido aportes ilícitos en la campaña del 2014 cuando era parte del partido Solidaridad Nacional.
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